BOLETÍN DE COMERCIO EXTERIOR
El 29 de enero de 2021, la Dirección General de Facilitación Comercial y Comercio Exterior (DGFCCE), anunció mediante Oficio 414.2021.37 de fecha 26 de enero de 2021, lo siguiente:
Las empresas que cuenten con los programas IMMEX, ALTEX y ECEX deberán cumplir con la obligación de presentar el Informe Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE) correspondiente al año fiscal 2020. Sin embargo, estarán exentas del cumplimiento de los montos de exportación requeridos para la conservación. de sus respectivos Programas, con respecto al año fiscal 2020.
Lo anterior, en apoyo a la industria exportadora, debido a que la propagación de la enfermedad por el virus COVID-19 ha provocado el cierre temporal de actividades no esenciales e incluso una caída considerable en la operación de actividades esenciales.
Es importante resaltar que las empresas con los programas antes mencionados deberán presentar el Informe Anual de Operaciones de Comercio Exterior en la fecha establecida y en forma adecuada, indicando el monto correspondiente de exportaciones realizadas durante el año fiscal 2020, en caso de que el monto sea menor. de lo requerido para cada Programa, no se actualizará el motivo de su cancelación.
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