El 1 de Mayo de 2021, el SAT dio a conocer a través de su portal, el "Complemento Carta Parte", el cual se debe de incorporar al CFDI de traslado o de ingreso que se emita con motivo del transporte de mercancías, con el fin de acreditar la legal posesión de las mercancías transportadas y brindando información sobre su procedencia y destino.
Complemento Carta Porte
La regla 2.7.1.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), prevé la obligación de agregar el complemento de Carta Porte al CFDI de traslado o de ingreso que se emita con motivo del transporte de mercancías.
De acuerdo con las autoridades fiscales, el complemento carta porte tiene como objetivo conocer precisamente la información de las mercancías que son trasladas en territorio nacional, su origen, puntos medios, destinos, propietarios, arrendatarios y operadores que intervienen en el traslado de la mercancías, y así mismo tiene como finalidad combatir el comercio informal y contrabando.
¿Quién debería emitir el CFDI con complemento Carta Porte?
- Las empresas dedicadas al traslado de bienes o mercancías- Deben emitir un CFDI de tipo INGRESO con complemento carta porte, previo a brindar el servicio. El CFDI de tipo ingreso, se emite por la prestación de servicios de autotransporte, y manifestó la obtención de un ingreso por estos servicios.
- Los propietarios de bienes o mercancías que actúan como intermediarios o agentes de transporte. y trasladan mercancías o los propietarios de bienes y mercancías que trasladen mercancías con sus propios medios, deberán emitir un CFDI de tipo TRASLADO con complemento carta porte, previo al traslado. El CFDI de tipo traslado se emite para amparar el traslado de las mercancías en territorio nacional.
¿Qué debería incluir la Cara Porte?
Debe incluir los siguientes datos o información:
-Nombre y datos del exportador de la mercancía.
-Nombre y datos del transportista (transportista) de la mercancía.
-Receptor de la mercancía.
-Cantidad y descripción de la mercancía (incluyendo tipo, peso, marca, número de bultos o unidades, etc.).
-Valor o precio de los productos.
-Fecha de transporte y cuando se realiza la expedición.
-El lugar de entrega.
-Lugar y plazo en el que se realiza la entrega al destinatario.
-Indemnización a pagar por el transportista en caso de retraso, si existe acuerdo sobre este punto.
-Impuestos de transferencia.
-Información aduanera.
Entrada en vigor
El 21 de septiembre de 2021 se publicó en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria, la primera versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 (RMF), mediante la cual se da a conocer el cambio de la entrada en vigor del complemento carta porte.
A partir de la entrada en vigor, no serán deducibles los servicios de transporte de bienes o mercancías con un CFDI de tipo ingreso sin complemento "Carta Porte" por no cumplir con los requisitos fiscales para la deducibilidad de comprobantes fiscales.
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